1844
Independencia
Nacional: A las 11:00 de la noche, un soberbio trabucazo disparado por el
trinitario Matías Ramón Mella en la Puerta de la Misericordia, quien se había
dado cita allí junto a un grupo de otros independentistas, entre ellos,
Francisco del Rosario Sánchez, marcó el inicio del heroico levantamiento de los
separatistas dominicanos. Alertada la población, se dirigen a la Puerta del
Conde donde Sánchez enarbola la bandera dominicana y proclaman la independencia
de la República Dominicana, terminando así 22 años de dominación haitiana. Esa
noche no hubo enfrentamiento con las tropas haitianas de ocupación.
1845
Son fusilados la
heroína María Trinidad Sánchez y el herrero Andrés Sánchez, tía y hermano del
Padre de la Patria Francisco del Rosario Sánchez, acusados de conspirar contra
el gobierno de Santana. Junto con ellos también son fusilados José del Carmen
Figueroa, de profesión albañil y natural de Venezuela; y Nicolás de Bari,
subteniente de la Segunda Compañía del Batallón de Artillería.
"Después de
la separación y en medio de las campañas militares contra la invasión haitiana,
varios de los trinitarios intentaron controlar la Junta Central Gubernativa [9
de junio de 1844, JAG]. Esta acción fue impedida por Pedro Santana quien pasó
la presidencia [13 de julio, JAG], mientras que Duarte y varios de los jóvenes
de La Trinitaria fueron encarcelados y condenados al destierro acusado de
traidores a la patria [22 de agosto].
"María Trinidad Sánchez después de la salida al exilio de sus compañeros, participó en las conspiraciones políticas tejidas contra el predominio de Pedro Santana y de los quienes habían quedado vencedores de los Padres de la Patria.
"A consecuencia de ellos fue encausada y condenada a muerte. Se le prometió perdonarle la vida si delataba a los que estaban implicados en la trama contra el gobierno, pero altivamente rechazó aquella vileza.
"A consecuencia de ellos fue encausada y condenada a muerte. Se le prometió perdonarle la vida si delataba a los que estaban implicados en la trama contra el gobierno, pero altivamente rechazó aquella vileza.
"El 27 de febrero de 1845, primer aniversario de la patria, fue fusilada en la ciudad de Santo Domingo, junto a otros de los implicados".
"María Trinidad Sánchez después de la salida al exilio de sus compañeros, participó en las conspiraciones políticas tejidas contra el predominio de Pedro Santana y de los quienes habían quedado vencedores de los Padres de la Patria.
"A consecuencia de ellos fue encausada y condenada a muerte. Se le prometió perdonarle la vida si delataba a los que estaban implicados en la trama contra el gobierno, pero altivamente rechazó aquella vileza.
"A consecuencia de ellos fue encausada y condenada a muerte. Se le prometió perdonarle la vida si delataba a los que estaban implicados en la trama contra el gobierno, pero altivamente rechazó aquella vileza.
"El 27 de febrero de 1845, primer aniversario de la patria, fue fusilada en la ciudad de Santo Domingo, junto a otros de los implicados".
Juan Carlos
Espinal, "Biografías Patrias", 2011
1847
El presidente de
Haití, Jean-Baptiste Riché, quien había sucedido al General Pierrot luego de
haber sido destituido por sus oficiales el año anterior, muere y es elegido
para el poder un oscuro oficial, nacido en África y analfabeto de nombre
Faustino Soulouque. Souluque dirigiría posteriormente tres nuevas campañas
invasoras contra la República Dominicana, en 1849 la primera, a finales 1855 la
segunda por el sur de la república, y, una última, a principios de 1856 por el
norte.
1854
Es promulgada la
nueva Constitución Dominicana a exigencia del Congreso, donde los
representantes demandaban una Constitución más liberal. En la misma se elimina
el artículo 210 que otorgaba excesivos poderes al Presidente, aunque se
introdujo una disposición transitoria para permitir que el General Santana
ejerciera el cargo de Presidente durante dos períodos consecutivos que debían
terminar el 28 de febrero de 1861. Se crea, también, el cargo de Vicepresidente
de la República, que hasta entonces no existía.
"La
Constitución de febrero de 1854 modifico 70 artículos de la Constitución de
1844, por lo que más que una revisión fue una reestructuración bastante
profunda. Todos los capítulos sufrieron cambios, muchos de consideración. La
Comisión redactora, en su informe al pleno del Congreso Constituyente señaló la
necesidad de hacer los cambios que aconsejaban diez años de experiencia en
auto-gobierno, y al propio tiempo recomendó reducir los poderes del Ejecutivo y
ampliar los del legislativo. Propuso también algunos cambios en el Poder
Judicial. La situación de los extranjeros sufrió alteraciones también, en el
sentido de igualarlos más a los dominicanos, y para armonizar con los tratados
internacionales recientemente suscritos con las potencias europeas...
"El Artículo 210 fue suprimido. En lo adelante, los poderes de emergencia del Presidente de la República quedarían circunscritos a los que le fueren delegados por el Poder Legislativo. "Se creó por primera vez el cargo de Vicepresidente de la República, para sustituir al Presidente en caso de falta temporal o absoluta de este último.
"Al Poder Ejecutivo se le disminuyeron las facultades casi omnímodas que tenia bajo la Constitución anterior sobre las Fuerzas Militares del país, disponiéndose que los ascensos a oficiales generales tenían que contar con la aprobación del Congreso; que correspondía a este supervigilar la Guardia Cívica (llamada en lo adelante Guardia Nacional) y que en tiempo de paz era atribución del Congreso fijar el numero de las Fuerzas Armadas.
"Sin embargo al Presidente se le dio la facultad de designar a los jueces de Primera Instancia, escogidos de las listas que le sometieran las Diputaciones Provinciales, facultad que anteriormente tenía el Consejo Conservador. Para casos de emergencia nacional, tal como in-vasión extranjera o conmoción interna, el Presidente solo podía tomar medidas extraordinarias si el Congreso no estaba reunido, pues si lo estaba esas facultades sólo se las podía dar dicho Poder. Con esta disposición y la supresión del Artículo 210, quedaron muy reducidos los poderes presidenciales, en comparación con los que le daba la Constitución de 1844.
"En cuanto al Congreso Nacional, sus dos Cámaras cambiaron de nombre, el Tribunado se llamaría Cámaras de Representantes y el Consejo Conservador sería sustituido por un Senado. Ambos nuevos nombres copiaron el sistema legislativo norteamericano. Pero al mismo tiempo se amplió el número de legisladores. La Cámara alta duplicó sus miembros de 5 a 10, o sea con dos senadores por cada provincia y la Cámara de Representantes tendría 25 miembros (a razón de cinco por Provincia) en vez de 15 como lo tenía bajo la anterior Constitución. A los cuerpos colegislativos se les ampliaron sus facultades. Así, además de las que ya tenían bajo la Constitución de 1844, se les dio potestad para verificar la elección del Presidente y del Vice-presidente; fijar el número de miembros de los institutos armados en tiempo de paz; aprobar o no los ascensos de los oficiales generales; movilizar la guardia nacional; y designar al Arzobispo y Obispos. Asimismo se fortaleció la inmunidad de los legisladores disponiendo que ella durara más allá del periodo de sesiones y que ningún legislador pudiera ser hecho preso, salvo flagrante delito, sin el permiso de la Cámara a la cual pertenecía.
"En cuanto al Poder Judicial, la nueva Constitución dispuso la supresión de las Cortes de Apelación. Se consideró una exageración los existentes grados de jurisdicción, los cuales quedaron reducidos a Alcaldes comunales, Tribunales de Primera Instancia o Consulados de Comercio y la Suprema Corte de Justicia. Quedó en manos del Senado la designación de los jueces de la Suprema Corte y de los tribunales de comercio. Los de Primera Instancia y los jueces alcaldes los nombraba el Presidente de la República. En materia de nacionalidad la nueva Constitución aportó novedades: La Constitución de 1844 no había previsto que los nacidos en el país, hijos de extranjeros, serian dominicanos. Esto implicaba que el "jus sanguinis" predominaba claramente sobre el "jus soli". El constituyente de 1854 modificó esta situación al agregar otra forma para adquirir la nacionalidad, señalando que serian dominicanos "todos los nacidos en el territorio de padres extranjeros, que invocaren esta cualidad cuando lleguen a su mayor edad". Con ésta nueva situación, se fortaleció algo más el "jus soli", aunque continuaba predominando el de la sangre, puesto que en principio el nacido en el país de padres extranjeros seguía la nacio-nalidad de ellos, pero se le daba la opción de adquirir la nacionalidad dominicana cuando fuere mayor de edad, sin necesidad de nacionalizarse. Este principio constitucional se mantuvo en vigor hasta la reforma del año 1865, cuando se dispuso que fuera dominicano todo el que nacía en el territorio nacional, cualquiera que fuere la nacionalidad de sus padres. Pero hasta ese momento continuaba la preeminencia del "jus sanguini" sobre el "jus soli" en el Derecho Constitucional Dominicano.
"También en materia de naturalización de los extranjeros la nueva Constitución introdujo cambios, haciendo más fácil para éstos nacionalizarse, pues eliminó los requisitos que tenía la de 1844 de ser propietarios de inmuebles por cierto valor o tener establecimiento agrícola y de haber transcurrido cierto tiempo desde su instalación en el país…
"En materia de gobierno interno, ésta Constitución realizó ciertos cambios: Las Diputaciones Provinciales tendrían 7 miembros en vez de 4, como bajo el texto anterior, y se renovarían cada 3 años en vez de cada 2. Los Jefes Superiores Políticos cambiaron de nombre, llamándose ahora Gobernadores, designados por el Ejecutivo pero de ternas sometidas por las Diputaciones. Los Ayuntamientos estarían compuestos de Corregidores y Vocales (cambio de nombre de los Síndicos y Regidores bajo la Constitución anterior), y seguirán siendo electos por vía directa como bajo la constitución de 1844. Los Alcaldes ya no formarían partes del Municipio sino que serían únicamente jueces de simple policía dentro del Poder Judicial, pero designados por el Poder Ejecutivo.
"Para impedir llamamientos sediciosos, en el Capítulo de las Fuerzas Armadas se incorporó una disposición según la cual se consideraría como rebelión el hecho de cualquier sector militar hacer pronunciamientos o tomar deliberaciones.
"El mecanismo para escoger los cargos electivos siguió igual que bajo la Constitución anterior, excepto que se duplicó el número de electores, para hacer los sufragios más representativos. Continúo el sistema de elección indirecta, vía los Colegios Electorales, de los miembros del Poder Legislativo y del Presidente y Vicepresidente de la República, y se mantuvieron los mismos requisitos para elegir y ser elegido..."
"El Artículo 210 fue suprimido. En lo adelante, los poderes de emergencia del Presidente de la República quedarían circunscritos a los que le fueren delegados por el Poder Legislativo. "Se creó por primera vez el cargo de Vicepresidente de la República, para sustituir al Presidente en caso de falta temporal o absoluta de este último.
"Al Poder Ejecutivo se le disminuyeron las facultades casi omnímodas que tenia bajo la Constitución anterior sobre las Fuerzas Militares del país, disponiéndose que los ascensos a oficiales generales tenían que contar con la aprobación del Congreso; que correspondía a este supervigilar la Guardia Cívica (llamada en lo adelante Guardia Nacional) y que en tiempo de paz era atribución del Congreso fijar el numero de las Fuerzas Armadas.
"Sin embargo al Presidente se le dio la facultad de designar a los jueces de Primera Instancia, escogidos de las listas que le sometieran las Diputaciones Provinciales, facultad que anteriormente tenía el Consejo Conservador. Para casos de emergencia nacional, tal como in-vasión extranjera o conmoción interna, el Presidente solo podía tomar medidas extraordinarias si el Congreso no estaba reunido, pues si lo estaba esas facultades sólo se las podía dar dicho Poder. Con esta disposición y la supresión del Artículo 210, quedaron muy reducidos los poderes presidenciales, en comparación con los que le daba la Constitución de 1844.
"En cuanto al Congreso Nacional, sus dos Cámaras cambiaron de nombre, el Tribunado se llamaría Cámaras de Representantes y el Consejo Conservador sería sustituido por un Senado. Ambos nuevos nombres copiaron el sistema legislativo norteamericano. Pero al mismo tiempo se amplió el número de legisladores. La Cámara alta duplicó sus miembros de 5 a 10, o sea con dos senadores por cada provincia y la Cámara de Representantes tendría 25 miembros (a razón de cinco por Provincia) en vez de 15 como lo tenía bajo la anterior Constitución. A los cuerpos colegislativos se les ampliaron sus facultades. Así, además de las que ya tenían bajo la Constitución de 1844, se les dio potestad para verificar la elección del Presidente y del Vice-presidente; fijar el número de miembros de los institutos armados en tiempo de paz; aprobar o no los ascensos de los oficiales generales; movilizar la guardia nacional; y designar al Arzobispo y Obispos. Asimismo se fortaleció la inmunidad de los legisladores disponiendo que ella durara más allá del periodo de sesiones y que ningún legislador pudiera ser hecho preso, salvo flagrante delito, sin el permiso de la Cámara a la cual pertenecía.
"En cuanto al Poder Judicial, la nueva Constitución dispuso la supresión de las Cortes de Apelación. Se consideró una exageración los existentes grados de jurisdicción, los cuales quedaron reducidos a Alcaldes comunales, Tribunales de Primera Instancia o Consulados de Comercio y la Suprema Corte de Justicia. Quedó en manos del Senado la designación de los jueces de la Suprema Corte y de los tribunales de comercio. Los de Primera Instancia y los jueces alcaldes los nombraba el Presidente de la República. En materia de nacionalidad la nueva Constitución aportó novedades: La Constitución de 1844 no había previsto que los nacidos en el país, hijos de extranjeros, serian dominicanos. Esto implicaba que el "jus sanguinis" predominaba claramente sobre el "jus soli". El constituyente de 1854 modificó esta situación al agregar otra forma para adquirir la nacionalidad, señalando que serian dominicanos "todos los nacidos en el territorio de padres extranjeros, que invocaren esta cualidad cuando lleguen a su mayor edad". Con ésta nueva situación, se fortaleció algo más el "jus soli", aunque continuaba predominando el de la sangre, puesto que en principio el nacido en el país de padres extranjeros seguía la nacio-nalidad de ellos, pero se le daba la opción de adquirir la nacionalidad dominicana cuando fuere mayor de edad, sin necesidad de nacionalizarse. Este principio constitucional se mantuvo en vigor hasta la reforma del año 1865, cuando se dispuso que fuera dominicano todo el que nacía en el territorio nacional, cualquiera que fuere la nacionalidad de sus padres. Pero hasta ese momento continuaba la preeminencia del "jus sanguini" sobre el "jus soli" en el Derecho Constitucional Dominicano.
"También en materia de naturalización de los extranjeros la nueva Constitución introdujo cambios, haciendo más fácil para éstos nacionalizarse, pues eliminó los requisitos que tenía la de 1844 de ser propietarios de inmuebles por cierto valor o tener establecimiento agrícola y de haber transcurrido cierto tiempo desde su instalación en el país…
"En materia de gobierno interno, ésta Constitución realizó ciertos cambios: Las Diputaciones Provinciales tendrían 7 miembros en vez de 4, como bajo el texto anterior, y se renovarían cada 3 años en vez de cada 2. Los Jefes Superiores Políticos cambiaron de nombre, llamándose ahora Gobernadores, designados por el Ejecutivo pero de ternas sometidas por las Diputaciones. Los Ayuntamientos estarían compuestos de Corregidores y Vocales (cambio de nombre de los Síndicos y Regidores bajo la Constitución anterior), y seguirán siendo electos por vía directa como bajo la constitución de 1844. Los Alcaldes ya no formarían partes del Municipio sino que serían únicamente jueces de simple policía dentro del Poder Judicial, pero designados por el Poder Ejecutivo.
"Para impedir llamamientos sediciosos, en el Capítulo de las Fuerzas Armadas se incorporó una disposición según la cual se consideraría como rebelión el hecho de cualquier sector militar hacer pronunciamientos o tomar deliberaciones.
"El mecanismo para escoger los cargos electivos siguió igual que bajo la Constitución anterior, excepto que se duplicó el número de electores, para hacer los sufragios más representativos. Continúo el sistema de elección indirecta, vía los Colegios Electorales, de los miembros del Poder Legislativo y del Presidente y Vicepresidente de la República, y se mantuvieron los mismos requisitos para elegir y ser elegido..."
1860
Con motivo la
conmemoración de la Independencia Dominicana, el sacerdote Fernando Arturo de
Meriño, en su calidad de vicario apostólico y párroco de la Catedral de Santo
Domingo, pronuncia un sermón en el que enaltece el patriotismo y aboga por la
unión entre todos los dominicanos.
El historiador Roberto Cassá afirma que "implícitamente ambas temáticas cuestionaban las orientaciones de Santana, cuya postura anexionista era conocida y cuyo egocentrismo estaba por encima de toda consideración". Sin embargo, como concluye el mismo Cassá, Meriño continuó en su posición como delegado apostólico, ya que el General Pedro Santana "juzgó que tales críticas carecían de relevancia"
El historiador Roberto Cassá afirma que "implícitamente ambas temáticas cuestionaban las orientaciones de Santana, cuya postura anexionista era conocida y cuyo egocentrismo estaba por encima de toda consideración". Sin embargo, como concluye el mismo Cassá, Meriño continuó en su posición como delegado apostólico, ya que el General Pedro Santana "juzgó que tales críticas carecían de relevancia"
Cassá, Roberto. Fernando Arturo de
Meriño. Colección Tobogán, 2003
1861
A poco menos de un
mes de la Anexión a España, el sacerdote Fernando Arturo de Meriño pronuncia un
discurso -verdadera joya de la oratoria- en presencia del General Pedro Santana
en que denuncia su egoísmo y lo acusa de ser el causante de los males que
aquejaban al país:
"Entre las
malas pasiones, hay una, de formas horribles y de consecuencias funestas; una
pasión que cuando se desarrolla en el corazón es tan grande el estrago que
causa en el hombre, que comenzando por degenerarle y envilecerle, acaba por
constituirle enemigo de sí mismo, enemigo de la sociedad y enemigo del género
humano. Pasión de incentivos poderosos, porque es disimulada, hipócrita y
lisonjera, y se insinúa con mucha suavidad enervando por grados la razón;
pasión llena de artificios para fascinar al incautar a quien tiende sus redes,
y que casi siempre pasa encubierta con el velo de la caridad con más acierto
darle por el pie a todas las virtudes; esa pasión, Señores, es el egoísmo.
Consiste en un sentimiento de amor exclusivo que el hombre se tiene a sí mismo,
viendo en si solo el objeto de todo bien, el principio y termino de sus acciones
y no reconociendo fuera de él ni otros derechos ni otras obligaciones.
"El egoísmo es una de las pasiones más impenetrables, porque se pude ser egoísta de muchas maneras y bajo diversas formas; y este vicio se ha desarrollado en nuestra época de un modo espantoso. Una filosofía subversiva, contraria a todo derecho, a toda sana razón, tiende a poner en duda todos los deberes y por esto es que hoy las virtudes se desconocen y desprecian; y a la conciencia recta se llama preocupación y al buen juicio se le apellida fanatismo. No hay más que la filosofía del yo ni mejor culto que la egolatría. La mejor ciencia es la que consiste en saber aprovecharse de las cosas en beneficio propio, en una explotación de las personas y de las cosas entre las cuales se vive. No hay otro sentimiento noble si no el que redunda en el bien individual. Así, derechos sociales, bien común, patriotismo, son palabras vacías de sentido que se deben despreciar; porque donde no figura el yo y el yo solo, no hay más que pura necedad.
"El egoísta es un monstruo que viola sin respeto hasta los mismos sentimientos que la naturaleza inscribió en el corazón de la humanidad y huella todos los santos deberes que la sociedad y la moral imponen. No es ni buen padre de familia, ni buen hijo, ni buen hermano y traiciona la amistad con descaro y ve perder a su Patria con impasibilidad estoica. Extraño a todo sentimiento noble, no es capaz de experimentar nunca el amor que debe a su Patria y mucho menos sacrificarse por ella. ¡Que! ¿El bien público podrá interesar a aquel que todo lo ve en sí y todo lo quiere para sí? Su reposo, su fortuna, sus días ¿va el a perderlos por sus conciudadanos? No: los héroes que han muerto en los campos de batalla y que la historia ha inmortalizado, no son para el sino estúpidos hinchados con necio fanatismo.
"Pero, el egoísmo, que en todas las esferas sociales es siempre perjudicial, lo es incomparablemente más cuando se halla en la esfera política de los gobiernos... Cuando los hombres de Estado, de cualquier clase que sean, miran los empleos como medio para medrar; cuando ponen en juego los resortes de su ambición para enriquecerse a la sombra de la autoridad que tienen; cuando descuidan los graves intereses de la comunidad que ha depositado en ellos su confianza por solo pensar en su utilidad personal; cuando ven la muchedumbre hambrienta y a miles de ciudadanos reducirse a la miseria, cuidándose poco de tales desgracias; cuando, en fin, ven con indiferencia que la sociedad padece, que las propiedades disminuyen, que la nación va muriendo y en el ínterin no piensan más que en aumentar y asegurar ellos su particular fortuna, entonces, señores, es porque el egoísmo ocupa el solio del Poder. Y, tenedlo en cuenta, jamás se alcanzarían prosperidad ni ventajas sociales de ninguna especie. Un gobierno semejante es también impotente para sostenerse: el pueblo que siempre comienza por murmurar, acaba luego por derrocar a sus tiranos...
"El patriotismo, Señores, es la primera de las virtudes cívicas, es la base de la estabilidad y del progreso de los pueblos. Cuando en los pechos de los ciudadanos arde este fuego sagrado, no hay miras particulares, no hay intereses privados, no hay exclusivismo: entonces todo se generaliza, todo es para todos. De aquí el amor a los gobiernos, el respeto a las leyes y la paz y la prosperidad de la nación. El patriotismo es el lazo fraternal que estrecha a los hijos de un mismo país, dándoles fuerza y valor para hacerse libres y sostener su libertad".
"El egoísmo es una de las pasiones más impenetrables, porque se pude ser egoísta de muchas maneras y bajo diversas formas; y este vicio se ha desarrollado en nuestra época de un modo espantoso. Una filosofía subversiva, contraria a todo derecho, a toda sana razón, tiende a poner en duda todos los deberes y por esto es que hoy las virtudes se desconocen y desprecian; y a la conciencia recta se llama preocupación y al buen juicio se le apellida fanatismo. No hay más que la filosofía del yo ni mejor culto que la egolatría. La mejor ciencia es la que consiste en saber aprovecharse de las cosas en beneficio propio, en una explotación de las personas y de las cosas entre las cuales se vive. No hay otro sentimiento noble si no el que redunda en el bien individual. Así, derechos sociales, bien común, patriotismo, son palabras vacías de sentido que se deben despreciar; porque donde no figura el yo y el yo solo, no hay más que pura necedad.
"El egoísta es un monstruo que viola sin respeto hasta los mismos sentimientos que la naturaleza inscribió en el corazón de la humanidad y huella todos los santos deberes que la sociedad y la moral imponen. No es ni buen padre de familia, ni buen hijo, ni buen hermano y traiciona la amistad con descaro y ve perder a su Patria con impasibilidad estoica. Extraño a todo sentimiento noble, no es capaz de experimentar nunca el amor que debe a su Patria y mucho menos sacrificarse por ella. ¡Que! ¿El bien público podrá interesar a aquel que todo lo ve en sí y todo lo quiere para sí? Su reposo, su fortuna, sus días ¿va el a perderlos por sus conciudadanos? No: los héroes que han muerto en los campos de batalla y que la historia ha inmortalizado, no son para el sino estúpidos hinchados con necio fanatismo.
"Pero, el egoísmo, que en todas las esferas sociales es siempre perjudicial, lo es incomparablemente más cuando se halla en la esfera política de los gobiernos... Cuando los hombres de Estado, de cualquier clase que sean, miran los empleos como medio para medrar; cuando ponen en juego los resortes de su ambición para enriquecerse a la sombra de la autoridad que tienen; cuando descuidan los graves intereses de la comunidad que ha depositado en ellos su confianza por solo pensar en su utilidad personal; cuando ven la muchedumbre hambrienta y a miles de ciudadanos reducirse a la miseria, cuidándose poco de tales desgracias; cuando, en fin, ven con indiferencia que la sociedad padece, que las propiedades disminuyen, que la nación va muriendo y en el ínterin no piensan más que en aumentar y asegurar ellos su particular fortuna, entonces, señores, es porque el egoísmo ocupa el solio del Poder. Y, tenedlo en cuenta, jamás se alcanzarían prosperidad ni ventajas sociales de ninguna especie. Un gobierno semejante es también impotente para sostenerse: el pueblo que siempre comienza por murmurar, acaba luego por derrocar a sus tiranos...
"El patriotismo, Señores, es la primera de las virtudes cívicas, es la base de la estabilidad y del progreso de los pueblos. Cuando en los pechos de los ciudadanos arde este fuego sagrado, no hay miras particulares, no hay intereses privados, no hay exclusivismo: entonces todo se generaliza, todo es para todos. De aquí el amor a los gobiernos, el respeto a las leyes y la paz y la prosperidad de la nación. El patriotismo es el lazo fraternal que estrecha a los hijos de un mismo país, dándoles fuerza y valor para hacerse libres y sostener su libertad".
Como consecuencia
Santana aisló al vicario apostólico del ambiente público, procediendo meses
después, ya como Capitán General de la Colonia de Ultramar, a su deportación.
1865
Una Convención
Nacional redacta un nuevo texto constitucional ajustado a las circunstancias.
Hasta el momento, desde el inicio de la Guerra de Restauración contra la
Anexión, el Gobierno Provisional Restaurador, y la actual Junta Provisional
Gubernativa, se estaba rigiendo por la Constitución de Moca de 1858. En
realidad, la nueva Constitución de 1865 fue una nueva versión de la de Moca de
1858, por lo que los trabajos de la Convención fueron relativamente fáciles. La
elección del Presidente Constitucional también quedaría a cargo de esta
Convención.
1874
El General Ignacio
María González es electo presidente por sufragio universal con una votación a
su favor de 15,533 votos. El General Manuel Altagracia Cáceres obtuvo 4,209
votos y Ulises Francisco Espaillat 93 votos. González prestaría juramento
constitucional ante la Asamblea Constituyente el próximo 6 de abril.
1876
Uno de los
militares seguidores del Presidente González, el General Villanueva, intenta
dar un golpe de Estado con el propósito de mantener a González en el poder. El
movimiento es rápidamente reprimido por generales azules que con sus tropas
habían llegado a la Capital. Esta vez todo el partido azul estaba unificado.
1879
Dictadura de
Cesáreo Guillermo: Toma posesión de la Presidencia, el Ministro de Guerra y
Marina, General Cesáreo Guillermo; quien "se las arregló" para
hacerse elegir Presidente a finales de mes de enero. Guillermo olvida los
acuerdos y compromisos con los azules, establece un gobierno personalista y
autoritario al estilo de su antiguo jefe Buenaventura Báez; desfalca el Tesoro
Público, repartiéndolo entre sus partidarios y amigos en detrimento de los
azules, sobre quienes desata una brutal persecución. Por su parte, el
lugarteniente de Luperón, y Delegado del Gobierno en el Cibao, General Ulises
Heureaux, renuncia antes de ser destituido y se va a Puerto Plata a esperar que
Luperón regresara de Europa.
1884
Apoteosis al Padre
de la Patria, Juan Pablo Duarte y Díez. Habían sido traídos desde Venezuela,
donde estaban sepultados sus restos, y con el consentimiento de sus hermanas
Rosa y Francisca Duarte, los mismos son inhumados en la Capilla de la Altagracia,
Catedral de Santo Domingo. Entre los discursos dados cabe destacar los del
Padre Meriño y el de Félix Ma. del Monte; quien dijo: "Conocí demasiado a
ese adalid de la libertad dominicana. Fue uno de mis más íntimos amigos, mi
condiscípulo, mi compañero en La Trinitaria [¿?], en la Sociedad Filantrópica,
en el hecho de armas de la plaza de la Catedral el 24 de Marzo de
1843...".
1886
Moca, es
inaugurado el Parque Central de Moca, ubicado en la manzana que forman las
actuales calles Independencia, Presidente Vásquez y Antonio de La Maza. Por el
lado sur su lindero es el templo de Nuestra Señora del Rosario. Este parque
primero se denominó Central, luego Presidente Trujillo y en la actualidad
Duarte. El primer "concierto" se interpretó el 27 de febrero de 1886
fecha de su inauguración.
Los primeros 20 bancos fueron donados por el señor Raffin Michel los cuales se conservaron en uso durante más de 50 años. Este parque tuvo un enverjado de hierro el cual fue costeado por la sociedad "Luz del Porvenir" y suscripciones populares. Fue importado desde Inglaterra. En el centro y durante algunos años, el parque tuvo una glorieta que algunos llamaban El kiosco. En su primer nivel se vendía refrescos y en el segundo se colocaban los miembros de la banda municipal de Moca, para amenizar los "conciertos."
Los primeros 20 bancos fueron donados por el señor Raffin Michel los cuales se conservaron en uso durante más de 50 años. Este parque tuvo un enverjado de hierro el cual fue costeado por la sociedad "Luz del Porvenir" y suscripciones populares. Fue importado desde Inglaterra. En el centro y durante algunos años, el parque tuvo una glorieta que algunos llamaban El kiosco. En su primer nivel se vendía refrescos y en el segundo se colocaban los miembros de la banda municipal de Moca, para amenizar los "conciertos."
1887
Se inaugura en
Santo Domingo la estatua del Almirante Cristóbal Colón, en la plaza del mismo
nombre.
1911
Son trasladados
desde Higüey a Santo Domingo los restos del general Antonio Duvergé.
1912
Toma posesión
oficial del Gobierno Don Eladio Victoria, quien había sido elegido por el
Congreso el 5 de diciembre pasado instigado por las amenazas del general
Alfredo Victoria, sobrino del Presidente. Victoria contó con el apoyo de Juan
Isidro Jimenes y de los bolos pata blanca, no así con la
fracción pata negra -liderados por Desiderio Arias-, ni los horacistas,
quienes desde diciembre se habían alzado en armas contra el Gobierno.
"Eladio
Victoria se convirtió en un títere de su sobrino, quien se enfrentó a la
revolución con gran energía y violencia. La represión se hizo universal en
todos los sitios en que el gobierno dominaba. Las cárceles se llenaron de
presos políticos y los fusilamientos por parte del Gobierno se ejecutaban por
montones". (Moya Pons, Frank. "Manual de Historia Dominicana",
1981).
El gobierno de don
Eladio Victoria (Quiquí) fue llamado despectivamente de los
"Quiquises", ya que como se dijo, era apoyado por el Jefe del
Ejército, Alfredo Victoria, que era su sobrino.
1915
Los restos de los
trinitarios José María Serra y Pedro Alejandrino Pina son depositados en la
Capilla Ardiente del Altar de la Patria en el Parque Independencia. Días antes,
los restos de José María Serra fueron traídos al país desde Puerto Rico, donde
murió en 1888, por gestiones de la Sociedad Académica Colombina.
1924
Natalicio de
Patria Mercedes Mirabal Reyes, heroína anti trujillista dominicana, oriunda de
Ojo de Agua, Salcedo; quien junto a sus hermanas, Minerva y María Teresa, se
opusieron fervientemente a la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. Artista
por naturaleza, desde pequeña tuvo afición por la pintura; graduada en dactilografía
(Ciencia que estudia las huellas) en el Colegio Inmaculada Concepción de La
Vega. A los 17 años de edad, se casó con el granjero Pedro A. González, del
matrimonio nacieron cuatro hijos. Por su participación en los esfuerzos a
derrocar al dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina (Trujillo), el gobierno
confiscó la casa y propiedad de su familia. Consciente de la realidad en que
vivía, exclamaba: "Esta no es sólo una causa para hombres, sino también
para mujeres... No podemos dejar que nuestros hijos crezcan en este régimen
corrupto y tiránico, tenemos que luchar en su contra, y yo estoy dispuesta a
darlo todo, aún mi vida si es necesario". Muere mientras regresaba a su
hogar después de haber visitado a su esposo en la fortaleza de Puerto Plata (donde
se encontraba preso por sedición) junto a sus hermanas y Rufino de la Cruz, el
conductor del jeep en el que viajaban, cerca del puente Marapica, en la
carretera Santiago-Puerto Plata, siendo muertas a palos en un cañaveral por
sicarios de la tiranía (SIM).
Murió el 25 de Noviembre de 1960.
Murió el 25 de Noviembre de 1960.
1932
La Academia
Dominicana de la Lengua es reconocida como Correspondiente de la Academia
Española de la Lengua. La misma había sido creada bajo la dirección de Adolfo
Alejandro Nouel y Alejandro Woss y Gil el 12 de octubre de 1927. El acto fue
realizado en los salones de la Casa de España en Santo Domingo.
1944
Con motivo al
Centenario de la Independencia y por disposición de la Ley 237 del año
anterior, los restos de los Padres de la Patria, Duarte, Sánchez y Mella, son
sepultados en el Baluarte de la Puerta del Conde, Altar de la Patria.
1961
En carta enviada
por Juan Bosch al dictador Trujillo de este día, aniversario 117 de la
Independencia Dominicana, el autor le dice que "la atmósfera política del
hemisferio sufrió un cambio brusco a partir del 1 de enero de 1959 y que sea
cual sea la opinión que se tenga de Fidel Castro, la historia tendrá que
reconocerle que ha desempeñado un papel de primera magnitud en ese cambio de
atmósfera continental".
Y agregó: "Ya no somos tierras sin importancia, que pueden ser mantenidas fuera del foco de interés mundial. Ahora hay que pensar en nosotros y elaborar toda una teoría política y social que pueda satisfacer el hambre de libertad y de justicia".
Y agregó: "Ya no somos tierras sin importancia, que pueden ser mantenidas fuera del foco de interés mundial. Ahora hay que pensar en nosotros y elaborar toda una teoría política y social que pueda satisfacer el hambre de libertad y de justicia".
1963
Juan Bosch se
juramenta como Presidente constitucional de la República. El doctor Segundo
Armando González Tamayo asume como Vicepresidente. Es el primer gobierno electo
democráticamente después de la dictadura de 30 años del régimen trujillista.
Varios mandatarios y ministros extranjeros estuvieron presentes en su juramentación.
En su discurso de toma de posesión reafirma sus convicciones democráticas y
tiende un ramo de olivo a sus adversarios políticos.
En este mismo día es demarcado el municipio de Guaymate, como dependencia de la Provincia La Romana, enclavado a 20 kilómetros de la ciudad de La Romana, en el Este del País. Los terrenos fueron cedidos al municipio por el Central Romana. El nombre de Guaymate le vino, al decir de muchos, porque en los montes que le circundaban existía un árbol que los lugareños denominaban guamate. Con el nombre Guamate -dicen muchos-los primeros moradores designaban el caserío, que luego cambiaron por el de Guaymate, agregándole la "y". Esta última denominación se afianzó cuando pasó a ser sección del municipio de La Romana. Hoy día Guaymate es una localidad floreciente que cuenta con muchas casas comerciales, a donde acuden constantemente los moradores que viven en bateyes cercanos del Central Romana.
En este mismo día es demarcado el municipio de Guaymate, como dependencia de la Provincia La Romana, enclavado a 20 kilómetros de la ciudad de La Romana, en el Este del País. Los terrenos fueron cedidos al municipio por el Central Romana. El nombre de Guaymate le vino, al decir de muchos, porque en los montes que le circundaban existía un árbol que los lugareños denominaban guamate. Con el nombre Guamate -dicen muchos-los primeros moradores designaban el caserío, que luego cambiaron por el de Guaymate, agregándole la "y". Esta última denominación se afianzó cuando pasó a ser sección del municipio de La Romana. Hoy día Guaymate es una localidad floreciente que cuenta con muchas casas comerciales, a donde acuden constantemente los moradores que viven en bateyes cercanos del Central Romana.
1972
El presidente
Balaguer promulga las Leyes Agrarias.
El Código Agrario de Balaguer fue un conjunto de leyes de corte populista contenidas ya en la Ley de 1962, la cual incluía la recuperación de las tierras del Estado, la Ley del Latifundio, la Ley de Cuota Aparte, entre otras. Estas leyes pretendían recabar apoyos entre el campesino desorganizado en contra de la oligarquía y a favor de una "paz social duradera". Aunque no se llegó a aplica la Ley del Latifundio, se llegaron a entregar 107,907 hectáreas entre 21,2752 familias.
El Código Agrario de Balaguer fue un conjunto de leyes de corte populista contenidas ya en la Ley de 1962, la cual incluía la recuperación de las tierras del Estado, la Ley del Latifundio, la Ley de Cuota Aparte, entre otras. Estas leyes pretendían recabar apoyos entre el campesino desorganizado en contra de la oligarquía y a favor de una "paz social duradera". Aunque no se llegó a aplica la Ley del Latifundio, se llegaron a entregar 107,907 hectáreas entre 21,2752 familias.
1974
Santo Domingo,
Rep. Dominicana, se da inicio a la celebración en el país los XII Juegos
Centroamericanos y del Caribe en la que participaron más de 2 mil atletas de 22
países. Las instalaciones deportivas y la Villa Olímpica para alojar a los
deportistas costaron más de 20 millones de pesos.
1980
Colombia, el
Movimiento 19 de abril toma la embajada de República Dominicana durante una
recepción diplomática en que se celebraba la fiesta nacional de este país.
2008
El presidente
Leonel Fernández corta la cinta para dejar inaugurado el primer recorrido
oficial de la primera línea del Metro de Santo Domingo, en un acto efectuado en
la estación del Centro de los Héroes. La obra fue construida a un costo de 699
millones, 20 mil 231 dólares.
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